Rosario: Colegiación Inmobiliaria


Luego de casi 10 años de lucha, las Cámaras Inmobiliarias lograron que la legislatura santafesina sancione una ley que permita la creación de un Colegio de Corredores Inmobiliarios.

La ley 13.154, sancionada en diciembre pasado, establece que todas las personas que ejerzan el corretaje inmobiliario deben estar matriculadas, se trate de profesionales con título habilitante como idóneos.


En principio,
la ley regula al corretaje inmobiliario, es decir, toda la intermediación entre oferta y demanda de bienes ajenos. Esto es lo que particularmente lo diferencia de un abogado que asesora en la redacción de un contrato o de un escribano que da fe de un acto celebrado entre partes.

De esta manera,
todas las actividades que ejerce el corredor inmobiliario van a estar reguladas y diferenciadas de otras (como la del martillero que no intermedia entre las partes, sino que actúa sin negociar entre ellas, tratando de vender al mejor postor asumiendo la postura de uno de los bienes que se remata).

Así, una vez que se haga la matriculación y comience a funcionar la primera comisión directiva del Colegio, sus integrantes deberán arbitrar los medios para investigar en el mercado si los carteles que están en la vía pública o los avisos publicados pertenecen a agentes matriculados.

Paralelamente, por su parte, el consumidor deberá exigir que quien lo atienda sea un matriculado, como ocurre en cualquier otra profesión.

De este modo, a partir de la creación del colegio, habrá un sano aporte para esclarecer éticamente el mercado y poner blanco sobre negro en cuanto a las prácticas correctas de la profesión. Aquel que no se ajuste a éstas, podrá ser sancionado con la suspensión o el retiro de la matrícula, lo que no le permitirá ejercer la profesión.


Fuente
: Ciudad en Obras | Terrenos y Quintas

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